viernes, 7 de mayo de 2010

TASA DE USURA

Colombia arranca el 2010 con baja en la tasa de usura, que se ubicará en 24,21%

Quienes cobren intereses de crédito de consumo y ordinario por encima de ese tope entre el 1 de enero y el 31 de marzo del 2010 incurrirán en delito de usura.
La tasa actual, que rige hasta este 31 de diciembre, está en 25,92 por ciento. Y según la Superintendencia Financiera, la tasa máxima que se podrá cobrar por los microcréditos se mantiene en 33,93 por ciento efectivo anual.
Por su parte, el Interés Bancario Corriente que fijó el organismo de vigilancia y control es de 16,14 por ciento, lo que representa una baja de 1,14 puntos porcentuales frente al 17,28 por ciento que rige hasta este 31 de diciembre.
El Artículo 205 del Código Penal establece que quien cobre o reciba -directa o indirectamente- tasas superiores a las fijadas por la Superintendencia Financiera incurre en el delito de usura.
Aquí entran lo llamados agiotistas, que cobran tasas muy supriores a las establecidas por las normas legales en Colombia. Los créditos gota a gota que son comunes en todo el país son también ejemplo de delito de usura.
La tasa de 24,21 por ciento cobre a las tarjetas de crédito, así como a los préstamos para compra vehículo, electrodomésticos, etc.

No hay comentarios:

Publicar un comentario